Nuestros socios
¿Es Usted Consejero/a de una empresa o entidad, o Consejero ejecutivo, Consejero no ejecutivo, Consejero dominical, Consejero independiente, Consejero coordinador, Consejero otros, Secretario de consejo, Miembro del consejo asesor del consejo de administración, Vicepresidente, Presidente o Administrador/a, o Socio/a de firma profesional o pertenece a la primera línea de dirección que reporta al Consejo de Administración o Administrador/a de una empresa o entidad?
Si la respuesta es afirmativa, en el Instituto de Consejeros-Administradores, IC-A, encontrará un colectivo exclusivo de personas con su nivel profesional que proceden de sectores variados y representan un amplio abanico de empresas, ya sean éstas empresas No cotizadas, empresas cotizadas en Bolsa, empresas familiares o start-ups, multinacionales, bancos, cajas de ahorro, asociaciones y fundaciones (ONG), entidades o instituciones públicas, así como la Alta Dirección que reporta al Consejo de Administración.
Podrá Solicitar su Ingreso en el IC-A:
Quien sea “Consejero-Administrador” de una “Entidad” y haya sido:
- Consejero un mínimo de 3 años, habiéndose dedicado, adicionalmente, un mínimo de 3 años a actividades empresariales o profesionales;
- Consejero un mínimo de 1 año, habiéndose dedicado, adicionalmente, un mínimo de 5 años a actividades empresariales o profesionales y habiendo asistido al curso del Instituto de Consejeros-Administradores “Funciones del Consejero y del Consejero”.
También podrán ser Socios del IC-A, siempre que desarrollen su actividad en una “Entidad” y tengan más de 7 años de experiencia en el ejercicio de su cargo o en el de funciones similares:
- los socios de una firma profesional;
- los altos directivos que dependan directamente de un miembro del órgano de gobierno y administración y presten o hayan prestado funciones ejecutivas de primer nivel, incluyendo sin limitación a los secretarios de Consejo y letrados asesores.
- los empresarios individuales;
- los que, aun no reuniendo en la actualidad ninguna de las condiciones anteriores, hayan estado cualificados para ser miembros del Instituto en algún momento durante los dos últimos años.